Trámites

IMPORTACIONES TEMPORALES

Mercancías que retornaran al extranjero en el mismo estado que fueron importadas, no deben sufrir ninguna alteración.

Mercancías que se someten a procesos de elaboración, transformación o reparación por empresas que cuenten con programa IMMEX.

 

IMPORTACIONES DEFINITIVAS

La entrada de mercancías de procedencia extranjera con la finalidad de permanecer en el territorio nacional por tiempo ilimitado.

EXPORTACIONES TEMPORALES

Salida de mercancías del país por un tiempo limitado y con una finalidad específica, en este régimen no se pagan los impuestos al comercio exterior, pero se deben cumplir las obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias y formalidades para el despacho de las mercancías destinadas a este régimen.

 

EXPORTACIONES DEFINITIVAS

Salida de mercancías del territorio nacional por tiempo ilimitado.

CAMBIOS DE RÉGIMEN

Cambiar el inventario temporal a definitivo, pagando los impuestos pertinentes.

REEXPEDICIONES

La internación al resto del país de mercancías de procedencia extranjera importadas a la franja o región fronteriza.

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Ubicación de una determinada mercancía en la fracción que le corresponde dentro de la Tarifa de los Impuestos Generales de Importación y Exportación.

TRANSFERENCIAS (PEDIMENTOS VIRTUALES)

Efectuadas por empresas con programas de Maquila o programas para la exportación autorizados por la Secretaría de Economía.

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Sabemos que cada cliente tiene sus necesidades especificas.

Para una atención personalizada, comunícate con uno de nuestros ejecutivos de operación:

informes@integracionaduanal.com

Oficina Central (664) 624-36-78 / US. PH (619) 955 78 33

  • DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN DE LA EMPRESA
    • Acta constitutiva certificada
    • Copia de la verificación del registro publico
    • Copia de cédula fiscal
    • Copia del comprobante de inscripción del RFC (R1)
    • Reporte de situación fiscal
    • Copia del comprobante de domicilio
    • Claves de acceso al VUCEM (64 Caracteres)
    • Sello digital (Archivos .Cer y .Key) con contraseña
    • Copia del encargo conferido patente 3743
    • Identificador de Cuenta Bancaria para el Pago Electrónico de Impuestos Aduanal (PECA)
    • Registros diversos en caso que aplique:
      • Registro del CAAT
      • Programa IMMEX
      • Registro como empresa de la frontera, persona física
      • Registro como empresa de la frontera, persona moral
  • DOCUMENTACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL
    • Copia certificada del poder notarial del representante legal
    • Copia de la identificación oficial vigente
    • Copia del CURP
    • Copia del RFC
  • CARTA DE ENCOMIENDA
  • FACTURA COMERCIAL
  • CARTA XV U VIII
  • MANIFESTACIÓN DE VALOR Y SUS ANEXOS

      Para efectos de lo dispuesto en el artículo 59, fracción III, primer párrafo de la Ley, los elementos que el importador deberá proporcionar anexo a la manifestación de valor son los siguientes documentos:

    1. Factura comercial (RGCE 3.1.5. 2°. P.);
    2. El conocimiento de embarque, lista de empaque, guía aérea o demás documentos de transporte (Art. 36-A, fracc. I inciso b);
    3. El que compruebe el origen (Art. 36-A, fracc. I inciso d) cuando corresponda, y de la procedencia de las Mercancías.
    4. En el que conste la garantía a que se refiere el inciso e), fracción I del artículo 36-A de la Ley;
    5. En el que conste el pago de las Mercancías, tales como la transferencia electrónica del pago o carta de crédito;
    6. El relativo a los gastos de transporte, seguros y gastos conexos que correspondan a la operación de que se trate;
    7. Contratos relacionados con la transacción de la Mercancía objeto de la operación;
    8. Los que soporten los conceptos incrementables a que se refiere el artículo 65 de la Ley, y
    9. Cualquier otra información y documentación necesaria para la determinación de valor en aduana de la Mercancía de que se trate.
  • TRADUCCIÓN DE FACTURA
  • CARTA DE INSTRUCCIONES

Socios Comerciales

A través de nuestro socio comercial PROYECTO ADUANAL podemos ofrecer a nuestros clientes los servicios de importación para aquellos que aún no gocen de su registro en el Padrón General de Importadores pero deseen hacer deducibles todos los gastos relacionados a la importación de sus mercancías, incluyendo la acreditación del I.V.A. y los impuestos de importación.